El SAT se va de vacaciones de verano 2022 en estos días

Fecha de Publicación: 07/07/2022

El fisco mexicano no dará atención presencial en sus oficinas del 18 al 29 de julio de 2022.

El 27 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su primer período general de vacaciones, cuyos días se consideran inhábiles.

El anuncio lo hizo autoridad fiscal hizo lo anterior a través de la segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

En la regla 2.1.6. del documento, se definen como días inhábiles para el SAT el primer periodo general de vacaciones del 2022, el cual comprende del 18 al 29 de julio de 2022.

Es importante conocer estas fechas, porque estos días no se computan para efectos fiscales.

Aunque esta modificación aún no está publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es aplicable desde el 27 de junio de 2022.


Trámites en línea

Sin embargo, los contribuyentes pueden realizar diversos trámites a través de su portal de internet, como la generación o renovación de su contraseña y la renovación de su firma electrónica (e.firma), si caducó hace menos de un año.Los trámites que se pueden realizar en el portal del SAT son los siguientes:

- Cambio de domicilio fiscal.

- Actualización de actividades económicas y obligaciones.

- Cierre de establecimiento.

- Apertura de establecimiento.

- Suspensión de actividades.Reanudación de actividades.

- Suspensión/reanudación de Actividades de asalariados.

- Generación y actualización de Contraseña.

- Renovación certificado de e.firma.

- Revocación de certificado de e.firma.

- Solicitud de certificado de sello digital.

- Declaraciones provisionales de actividades empresariales.

- Declaraciones provisionales servicios profesionales.

- Declaraciones provisionales arrendamiento.

- Declaraciones bimestrales RIF.

- Declaraciones informativas (ISR, IVA, IEPS, donativos, aportaciones).

- Declaración anual.Consulta o aclaración de Opinión del cumplimiento.

- Aviso de compensación.Consulta de trámite de devolución.

- Habilitación de Buzón Tributario y registro de medios de contacto.

- Modificación de clave de RFC.

- Estímulos región fronteriza ISR.

- Estímulos región fronteriza IVA.


Fuente: El contribuyente